Prohíben hacer tatuajes y orificios en vía pública.

Alberto Cuenca
El Universal
Domingo 28 de noviembre de 2004

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó reformas a la Ley de Salud local, a través de las cuales queda prohibido realizar tatuajes, perforaciones o cualquier tipo de modificación corporal que se lleve a cabo en la vía pública, mercados sobre ruedas o explanadas; además, los establecimientos que no cuenten con los requisitos mínimos de sanidad o la autorización sanitaria respectiva, tampoco podrán ofrecer esos servicios.

Como parte de esas reformas que se aprobaron por unanimidad ante el pleno de la ALDF, se establece que queda prohibido realizar tatuajes, micropigmentaciones, perforaciones o modificaciones corporales a menores de 18 años o a personas que no se encuentren en pleno goce de sus facultades mentales.

Quedarán exceptuados de este precepto los menores de edad que vayan acompañados de un padre o tutor o cuenten con la autorización por escrito, aunque en este caso no se detalla quién debe suscribir dicho permiso.

En el artículo 92 de las reformas a la ley se establece que habrá una sanción económica de entre 100 y mil salarios mínimos a las personas y dueños de establecimientos que violen las anteriores disposiciones.

Los diputados locales remitieron al Gobierno del Distrito Federal las reformas a la Ley de Salud local, para que entren en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial capitalina.

Además, se modificaron los artículos quinto, 21 y 62 de esta legislación, a través de los cuales se obliga a los propietarios de locales en donde se realizan tatuajes, a mantener condiciones de sanidad y limpieza, contar con instrumentos esterilizados en el caso de los residuos sanitarios; a los que se les otorgará el carácter de peligrosos, se les deberá separar del resto de la basura.

Hay una disposición para que en los reclusorios el gobierno de la ciudad lleve a cabo programas para prevenir enfermedades transmisibles, pues en esos centros de reclusión es común que se realicen pigmentaciones, perforaciones o modificaciones corporales.

Las reformas a la Ley de Salud clasificaron ya todo este tipo de servicios, para diferenciar el tatuaje, la perforación, los implantes, las escarificaciones o cortaduras, branding o quemaduras y mutilaciones.