Aprueban medidas para establecimientos de tatuajes.

 

Jueves 18 de marzo de 2004.

 

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La Cámara de Diputados aprobó reformar los artículos 268 Bis, 268 Bis 1 y 419 de la Ley General de Salud, con la finalidad de regular la elaboración de tatuajes permanentes, micro pigmentaciones y perforaciones.

Con el objetivo de proteger la salud de los cerca de 7 mil personas que semanalmente se tatúan o realizan una perforación, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad las reformas a la Ley General de Salud, por lo que los tatuadores, perforadores y micro pigmentadores, deberán de contar con autorización sanitaria para poder prestar sus servicios.

La reforma también prohíbe que menores de 18 años y personas que no gozan plenamente de sus facultades mentales, se hagan cualquiera de estas tres modalidades, a menos que sean acompañados de alguno de sus padres o tutores.

En caso de no respetar esta última disposición los prestadores de este tipo de servicios se podrían hacer acreedores a una multa de hasta mil veces el salario mínimo vigente en su entidad.

Las comisiones encargadas de elaborar el dictamen fueron las de Salud y Juventud y Deporte, mismas que consideraron conveniente aprobar las reformas porque las enfermedades que se pueden contraer van desde una simple infección, hepatitis C, cáncer hepático, hasta VIH Sida.

Las reformas fueron aprobadas por 384 votos a favor y el dictamen fue turnado al Senado de la República, para su estudio y dictamen